USOS PERMITIDOS – NO PERMITIDOS
En virtud de la actual legislación los contenedores son dispositivos diseñados exclusivamente para la contención y transporte de mercancías peligrosas y no están permitidos para ser utilizados como distribuidores móviles, de los que difieren principalmente por la ausencia de una cubeta de contención específica; un ejemplo de tipo estacionario debería en efecto prever la colaboración del contenedor dentro de una cuenca de contención con una capacidad suficiente para contener eventuales derrames o dispersiones.
Cada empleo disconforme recae en la total y exclusiva responsabilidad del usuario. En todo caso, eventuales empleos impropios que puedan presentar una violación tanto de la actual normativa fiscal como las vigentes normativas contra incendios, recaen bajo la total y exclusiva responsabilidad del usuario.
Por tanto, en pro de evitar alguna accidentalidad o sanción, investiga a profundidad la normativa, sus usos adecuados y/o maniobras en las obras o proyectos.
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